Las Cortes españolas aprobaron en 1885 un nuevo Código de Comercio porque el anterior, de 1829, no contemplaba nuevas realidades de finales del siglo XIX, como la actividad bursátil y financiera. Ahora, el Gobierno español perfila la modificación de aquel Código de Comercio que evidentemente no recoge realidades del siglo XXI como operaciones en internet, la existencia de tarjetas de crédito y nuevas y complejas actividades financieras y empresariales.
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