Si usted trabaja en el extranjero primeramente hay dos cuestiones muy importantes a analizar: (i) la residencia fiscal (ii) si emergen obligaciones tributarias en el país de destino. Según la normativa española un contribuyente es residente fiscal cuando se dé cualquiera de las circunstancias siguientes:- Que permanezca más de 183 días del año en territorio español.- Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta.Se presumirá, salvo prueba en contrario, que el contribuyente es residente fiscal en España cuando, de acu...
via RSS Agregación ABC http://www.abc.es/economia/20130609/abci-trabajo-extranjero-empresa-espanola-201306082355.html http://www.abc.es/contenidos/data/09062013/Economia/renta-dos---644x362.jpg
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