jueves, 13 de junio de 2013

La deducción en I+D también rige en proyectos hechos por encargo

El gasto de una sociedad española al subcontratar un servicio en el marco de un proyecto en I+D tiene derecho a deducción en el impuesto sobre sociedades. Incluso y esa es la novedad si el beneficiario último y propietario de los derechos de la investigación es una empresa extranjera. Así lo establece una reciente consulta vinculante de la Dirección General de Tributos a la que ha tenido acceso Cinco Días.



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